Métodos de pago
Métodos de pago
Una vez efectuado el pago recuerde que debe enviar los soportes de pago al correo uec_fibog@unal.edu.co para verificar el recaudo y proceder a asignar un cupo.
01
Consignación Banco Popular
mediante ventanilla
Tenga en cuenta:
- Banco recaudador: Banco Popular
- No. Cuenta / Obligación / Planilla: 01272007-4
- Nombre de entidad o convenio recaudador: Fondo Especial Facultad de Ingeniería
- Referencia Nit / C.C. / Código convenio / Nro. Factura: Código de Recaudo 20180551.
02
Transferencia interbancaria
en línea
Tenga presente que su banco cobra una comisión por el trámite, valor que debe ser asumido por el usuario.
Tenga en cuenta:
(En caso que la plataforma no lo permita, no coloque los guiones)
- Banco recaudador: Banco Popular
- No. de Cuenta: Cuenta de Ahorros 01272007-4
- Nombre de entidad: Fondo Especial Facultad de Ingeniería
- No. Identificación: Documento NIT 899.999.063-3.
03
PSE débito / Tarjeta crédito
mediante portal en línea
Puede realizar el pago mediante la plataforma de pagos en línea de la Universidad mediante el enlace:
El convenio de recaudo para tarjeta de crédito únicamente se tiene con la franquicia VISA, tarjetas de otras marcas no serán aceptadas.
Las personas que no tengan cuenta en Colombia solo podrán pagar por tarjeta de crédito VISA, para más información contactar vía WhatsApp +57 350 589 10 42 o correo electrónico uec_fibog@unal.edu.co
04
Facturación
persona jurídica
Factura a contado
uec_fibog@unal.edu.co
remitiendo el RUT actualizado y el formato “autorización de tratamiento de datos para el registro de terceros”. Una vez sea realizado el pago se debe enviar de manera inmediata el soporte del pago en estado exitoso al correo uec_fibog@unal.edu.co. El comprobante de pago deberá estar a nombre de la persona jurídica o natural a la cual será expedida la factura.
En esta modalidad entonces, primero paga por otro de los canales habilitados; nos envía el soporte de pago, cédula (foto o escaneo) de los participantes, soporte de descuento (en caso de aplicar), el RUT institucional, el formato diligenciado y firmado por representante legal.
Factura a crédito
Modalidad de pago exclusiva para personas jurídicas, con valores a pagar superiores a 1 SMLMV. PARÁGRAFO II. La modalidad de pago con factura a crédito únicamente será expedida a personas jurídicas cuando la cuantía sea igual o superior a un (1) SMMLV, previa radicación de los documentos requeridos para la facturación y posterior inscripción de los funcionarios o trabajadores de acuerdo con lo establecido en la Resolución de Rectoría No. 1465 de 2023 o por la normativa que la modifique o sustituya. (Acuerdo 2 de 2024 Consejo de Facultad)
Para aplicar a esta modalidad, se debe solicitar con anterioridad al correo
uec_fibog@unal.edu.co- RUT empresarial actualizado
- Formato “Documento de compromiso persona jurídica” firmado por el representante legal, autorizado o delegado.
- Documento donde conste la delegación o autorización del Representante Legal (cuando aplique).
- Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio con fecha inferior o igual a treinta (30) días calendario a su presentación.
- Formato “Autorización y manejo de datos personales” firmado por el representante legal, autorizado o delegado.
- Copia del registro presupuestal (si se trata de una entidad pública)
- Autorización Tratamiento de Datos
Todas las firmas de los documentos deben ser en original (puño y letra). En caso de requerir anulación de factura, deberá hacer la solicitud dentro de los 30 días calendario siguientes a la expedición de esta mediante carta, describiendo el motivo y la expedición de una nueva (si lo requiere), junto con el original de la factura.
Tenga en cuenta:
Si gestiona el pago mediante factura a crédito NO podrá aplicar ningún descuento, legalizándose sobre la tarifa plena
Tenga en cuenta:
Expedición de recibos
Validación antes de pagar
Ver marco legal
Situaciones de fuerza mayor
ACUERDO 02 de 2024
ARTÍCULO 7. REINTEGRO DE RECURSOS. El reintegro del valor pagado por las actividades de capacitación abiertas al público procede en cualquiera de los siguientes casos:
1. Modificación de las condiciones de la actividad de capacitación, previstas en el artículo MODIFICACIÓN DE CONDICIONES del presente acuerdo.
2. Decisión o condiciones sobrevinientes de carácter personal del inscrito o de la persona jurídica solicitante, que le imposibiliten tomar la actividad. Esta situación deberá haber sido notificada y radicada formalmente mediante correo electrónico con al menos tres (3) días hábiles previos a la fecha de inicio programada de la actividad.
Calle 44 #45-67
Bloque B5
Bogotá, Colombia